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REVISIÓN PERIÓDICA REGLAMENTARIA
Todos los EPI (Equipos de Protección Individual) de categoría 3 (riesgos mortales e incapacitantes) deben ser revisados al menos cada 12 meses (de conformidad con el decreto del 19/03/93 y el art. R.233-42-2 del Código del Trabajo francés).
Este examen debe ser realizado por una persona «competente» y en estricto cumplimiento de los procedimientos de inspección periódica del fabricante.
Por «persona competente» se entiende que el procedimiento de inspección por sí mismo, integrado en el modo de empleo del EPI, no puede ser suficiente.
Una persona competente se define como «conocedora de los requisitos vigentes en materia de las inspecciones periódicas y de las recomendaciones e instrucciones del fabricante aplicables al componente, subsistema o sistema que se vaya a inspeccionar» y «debe poseer los conocimientos y recursos necesarios, especialmente en el caso de productos complejos para los cuales el fabricante pueda determinar una formación específica» (EN365§3).
Cabe señalar que el empleador también puede ser objeto de sanciones en caso de dificultad objetiva para poder afirmar con certeza que la persona u organización que haya elegido como «competente» cuenta con los conocimientos técnicos suficientes.
Así, teniendo en cuenta las obligaciones reglamentarias relativas a la responsabilidad del jefe del establecimiento y sus relativas sanciones, la posibilidad que se le ofrece de confiar las revisiones a personas cualificadas pertenecientes al establecimiento, la atribución de las actividades de examen periódicas al fabricante o a un centro autorizado por el fabricante* representa la mejor opción para la protección tanto del jefe del establecimiento como de los usuarios.
Así, como fabricante y única organización con competencia legal inequívoca con respecto a la legislación, y a fin de que usted pueda cumplir con sus obligaciones reglamentarias, le ofrecemos realizar este servicio en sus locales cada año, unas semanas antes de la fecha de vencimiento anual.
Le entregaremos entonces un informe de intervención para que lo integre en su registro de seguridad.
En unas horas, sus EPI podrán volver a utilizarse.
Siempre al frente del seguimiento de lo esencial de nuestra actividad, compartimos con usted toda la información que pueda ser de su interés (normativa, noticias, etc.) en nuestra página web y nuestras redes sociales.
¡MANTENGÁMONOS CONECTADOS!